Con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 11 de la Ley N°18.834, las personas que se incorporen a la Universidad deberán entregar, según sea el caso, los siguientes documentos en original:
Funcionarios académicos:
- Certificado de Nacimiento
- Certificado de Titulo
- Certificado de Salud
- Certificado de Situación Militar (Varones)
- Una fotografía tamaño carné
- Fotocopia de Cédula de Identidad
- Certificado de Afiliación AFP
- Certificado de Afiliación Isapre
- Declaración de Probidad Ley 19.653
Nota: Previo al nombramiento, debe haber sido evaluado, conforme a las normas de la Carrera Académica.
Funcionarios no académicos:
- Certificado de Nacimiento
- Certificado de Estudios. En caso profesional: Certificado de Título
- Certificado de Salud
- Certificado de Situación Militar (Varones)
- Una fotografía tamaño carné
- Fotocopia de Cédula de Identidad
- Certificado de Afiliación AFP
- Certificado de Afiliación Isapre
Reincorporaciones a la Universidad:
- Certificado de Salud
- Una fotografía tamaño carné
- Fotocopia de Cédula de Identidad
- Certificado de Afiliación AFP
- Certificado de Afiliación Isapre
Para las personas que provienen de otro servicio público:
- Copia de Decreto de Nombramiento o de Término, según sea el caso.
- Certificado de Estudios o Titulo
- Sólo número de Matricula Militar (Varones)
- Una fotografía tamaño carne
- Fotocopia de Cédula de Identidad
- Certificado de Afiliación AFP
- Certificado de Afiliación Isapre
Preguntas Frecuentes:
¿Qué pasa si la persona es extranjera?
En este caso, debe presentar la documentación correspondiente a su calidad de funcionario académico o no académico. Sin embargo, debe ser profesional universitario y debe convalidar su título en la Oficina de Títulos y Grados de la Universidad de Chile.
¿Cómo se obtiene el Certificado de salud?
El Área de Recursos Humanos entregará el documento necesario para solicitar el examen de salud, trámite que debe realizarse personalmente y en forma exclusiva en el Consultorio N° 1 del Ministerio de Salud, ubicado en calle Copiapo N°1323, Santiago.
¿Qué debe hacer la persona para ser nombrada?
Una vez informada por parte de la autoridad que está oficializando el nombramiento, la persona debe dirigirse a la Oficina de Recursos Humanos (Beauchef N° 850, Torre Central, sexto piso), lugar donde debe firmar los documentos y entregar todos los antecedentes necesarios para que se curse su nombramiento.
¿Quién informa al interesado el inicio del nombramiento y la renta asignada al cargo?
El Director Económico y Administrativo, a través del Área de Recursos Humanos, comunica mediante un oficio al interesado, la fecha de inicio del nombramiento y la renta asignada de acuerdo a las políticas de remuneraciones de la Facultad.
¿En qué calidad pueden ser nombradas las personas?
Los nombramientos pueden ser hechos en calidad de contrata o propiedad. Las personas extranjeras, sólo pueden ser nombradas en calidad de contratados. Los nombramientos en propiedad del personal no académico sólo pueden ser provistos previo concurso público.